LEY QUE DECLARA DE INTERES NACIONAL LA EXPORTACION DE CULTIVOS Y FRUTALES ANDINOS
۩ Ricardo Rosas Buendía [1]
ricardorosas@informativoaduanero.com
Fecha de publicación: 16 de enero de 2024
Fecha de vigencia: 17 de enero de 2024
Con fecha 16 de enero de 2024 se publicó en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31976 “Ley que declara de interés nacional la producción, industrialización, comercialización y exportación de cultivos y frutales”.
La ley en cuestión declara de interés nacional la producción, industrialización, comercialización y exportación de cultivos y frutales andinos, tales como la quinua, la kiwicha, la cañihua, el maíz, la cebada, la papa, la oca, el isaño, el tarwi, el haba, la maca, el yacón y la papaya andina (vasconcellea pubescens o carica pubescens) para su aprovechamiento sostenible, a fin de impulsar la economía local, regional y nacional.
[1] Magíster en Derecho Internacional Económico por la PUCP. Abogado USMP especializado en Derecho Aduanero y Derecho del Comercio Internacional. En el Sector Público ha laborado, entre otros, en la oficina de aduanas de la Procuraduría de la SUNAT y en la Sala de Aduanas del Tribunal Fiscal. Docente en la Facultad de Derecho de la UCSUR y UPC. Director de informativoaduanero.com